La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó el fallo que había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras Rurales y dejó vigente el artículo 154 del Decreto de Necesidad y Urgencia 70/2023. La decisión habilita, en la práctica, la compra de tierras rurales por parte de personas, empresas y Estados extranjeros sin los límites que regían desde 2011.

El máximo tribunal resolvió el planteo presentado por el Centro de Excombatientes de las Islas Malvinas (CECIM), entidad que había cuestionado la validez de la norma impulsada por el gobierno de Javier Milei. Por decisión unánime, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti consideraron que la organización no tenía legitimación suficiente para promover la demanda.

La sentencia revocó así el pronunciamiento de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata, que había declarado inconstitucional el artículo del DNU que derogó la Ley 26.737. Esa legislación establecía que las personas físicas o jurídicas extranjeras no podían controlar más del 15% del total de las tierras rurales del país.

Además, la norma fijaba límites para evitar la concentración de propiedades en manos extranjeras dentro de una misma jurisdicción y contemplaba restricciones especiales para zonas de frontera y otros sectores considerados estratégicos. Con la vigencia del artículo 154, esas disposiciones dejan de aplicarse, al menos hasta que exista una nueva decisión judicial o una intervención legislativa.

La Corte aclaró que su pronunciamiento se basó en una cuestión procesal y no implicó un análisis definitivo sobre la constitucionalidad del DNU. Según el fallo, al no existir legitimación activa por parte de la entidad demandante, tampoco se configuró una controversia judicial válida que permitiera revisar el fondo de la medida.

Sin embargo, el efecto inmediato de la resolución es la reactivación de la derogación de la Ley de Tierras Rurales. Especialistas en derecho constitucional señalaron que, a partir de este escenario, extranjeros podrían adquirir extensiones rurales sin un tope general, incluso en áreas próximas a las fronteras, mientras no se establezcan nuevas restricciones.

La decisión generó críticas de organizaciones de excombatientes, sectores rurales y dirigentes de la oposición. El CECIM cuestionó al tribunal y advirtió sobre las consecuencias que podría tener la apertura del mercado de tierras para la soberanía territorial y el control de recursos estratégicos del país.

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